Por medio de una carta, la Personería de Bogotá solicitó al Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) la suspensión de tala de árboles.

Frente a esta carta, el IDU respondió: “En consecuencia se les solicitó a los contratistas no ejecutar dichas actividades en el marco del principio de precaución aludido en la comunicación del ente de control”.

Ante la Secretaría de Ambiente no se ha cumplido con el trámite de las modificaciones al tratamiento de arbolado, según la Personería; además, tampoco se han implementado las acciones y mecanismos necesarios para evitar la tala de árboles, los cuales, por sus condiciones actuales, no deberían ser talados.

Sin embargo, el Instituto de Desarrollo Urbano replicó que los tratamientos de tala que se han ejecutado hasta la fecha se han realizado con la autorización vigente, la cual fue expedida por la Secretaría de Ambiente en el año 2019.

Durante el mes de abril se estableció que el IDU podría reducir la cantidad de árboles a talar; del mismo modo, se explicó que dentro del proyecto se tiene planeado sembrar alrededor de 2.500 árboles más, o sea, 4.718 al finalizar las obras.

Así mismo, el IDU respondió a la Personería que estos trabajos de tala se han adelantado bajo 3 aspectos, los cuales constan de:

  1. Que el tratamiento de tala se encuentre aprobado en la resolución vigente y no se encuentre propuesto para modificación de tratamiento.
  2. Que con anticipación a la ejecución de la tala se haya realizado la respectiva socialización con la comunidad beneficiaria del proyecto.
  3. Que el árbol se encuentre en relación con la programación de tratamientos a ejecutar semanalmente.