El pasado jueves 22 de julio la Corte Constitucional amplió el derecho a la eutanasia.
Desde 1997 Colombia es el único país latinoamericano que permite acceder a este procedimiento, que ahora, entre sus requisitos, no estará limitado exclusivamente a pacientes que sufran enfermedades terminales.
Con 6 votos a favor y 3 en contra imperó la decisión de extender el derecho a una muerte digna a quienes padezcan «un intenso sufrimiento físico o psíquico» por causa de una lesión o enfermedad incurable, según la sentencia.
Desde 1997 este procedimiento solo se aplicaba a pacientes terminales; en la Corte se decidió que «no se incurre en el delito de homicidio por piedad» siempre y cuando el procedimiento sea efectuado por un médico y bajo «el consentimiento libre e informado» del enfermo. «El sujeto puede ejercer su derecho a morir dignamente sin que (…) sea penalizado el médico que acude en apoyo del paciente para protegerlo del sufrimiento y preservar su dignidad», se añadió.
Además, se exhortó al Congreso a incentivar y facilitar, así como eliminar las barreras aún existentes que impiden acceder de forma efectiva a este legítimo derecho.
#Eutanasia. Desde la Sentencia C-239/97 llevamos en el Congreso 24 años atrapados en discursos y sin decisión alguna, lo que de por si y según la @CConstitucional constituye una barrera irrazonable y desproporcionada frente al derecho a morir dignamente. ¡Seguiremos insistiendo! pic.twitter.com/Wz4SjwKJSj
— Cesar Lorduy (@clorduy) July 23, 2021