Este jueves, el presidente Iván Duque sancionó la ley 2114, la cual amplía la licencia de paternidad de ocho días a dos semanas.
Así quedó establecida la ley parental, que además de otorgar a los padres días adicionales para hacerse cargo del recién nacido, establece también la licencia compartida y la licencia flexible: dos opciones que le dan a la pareja la alternativa de distribuir, como mejor les convenga, el tiempo para los cuidados de su hijo. Esta ley también aplica para padres adoptantes.
La licencia parental compartida consiste en que la madre tiene la opción de distribuir sus semanas de licencia de maternidad con el padre o compañero permanente en común acuerdo, para así poder retornar antes de tiempo a su trabajo, si así lo desea; sin embargo, debe tener en cuenta que las primeras 12 semanas son intransferibles, así que las últimas seis semanas de su licencia de maternidad serán las que podrá distribuir. Otro punto clave es que este beneficio no se puede otorgar al padre si este tiene antecedentes de violencia doméstica.
Por otro lado, la licencia flexible permite extender la licencia de ambos, realizando teletrabajo de media jornada. Esta modalidad se puede solicitar a partir de la semana dos de la licencia del padre y a partir de la semana 13 de la licencia de la madre, solo si el empleador está de acuerdo.
Finalmente, tenga en cuenta que la licencia parental se otorgará con el registro civil del recién nacido, que deberá presentar a la EPS, a más tardar, dentro de los siguientes 30 días, los cuales se cuentan a partir de la fecha de nacimiento del menor.
https://img.lalr.co/cms/2021/08/05133137/LEY-2114-DEL-29-DE-JULIO-DE-2021.pdf